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      El despido injustificado en D. F. es la terminación de la relación laboral sin tener alguna causa de rescisión prevista en la Ley Federal del Trabajo. DTA Abogados cuenta con profesionales que te ayudarán a resolver tu situación laboral mediante las mejores estrategias legales. 

      Relaciones laborales en México

      Las primeras constituciones latinoamericanas no hicieron mención sobre las relaciones de trabajo, y concretamente del despido. Es hasta la promulgación de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, cuando se dio entrada a los principios del derecho del trabajo en nuestro país, en favor de la protección de los trabajadores en un sentido amplio. En la fracción XXII del artículo 123, se incorporó el principio según el cual el empleador que despide a un trabajador sin causa justificada estará obligado a cumplir el contrato de trabajo o a pagar al trabajador una indemnización igual a tres meses de salario. Se trata del primer texto en América Latina que hace mención del tema laboral de despido. Sin embargo, aunque el Artículo 123 nace en la constitución de 1917, es hasta 1931 que se publica la primera Ley Federal del Trabajo, la misma que es derogada en 1970 para que la ley actual entre en vigor.

      En la actualidad, las normas del trabajo establecen que debe existir un equilibrio entre los factores de producción y la justicia social. Esto con el fin de propiciar un trabajo digno o decente en todas las relaciones laborales.

      De acuerdo con la Ley Federal de Trabajo, Artículo 2:

      “Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajo; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria, opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe la capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo”

      Asimismo, esta ley establece que el trabajo es un derecho y un deber social. Por lo tanto, el trabajador goza de derechos y obligaciones al igual que su contraparte, el patrón. 

      ¿Cómo se da el despido injustificado en CDMX?

      Se considera despido injustificado cuando el patrón da por terminada la relación laboral sin notificar al empleado. Ya sea de forma personal o a través de una autoridad conciliadora o el tribunal correspondiente mediante un aviso de rescisión laboral. Esta formalidad se establece conforme a la Ley y queda inscrita en la relación por parte del patrón hacia el empleado. 

      En lo correspondiente al aviso de rescisión, éste deberá entregarse en persona al trabajador en el momento de despido.Sin embargo, también puede ser a través del tribunal como la Junta de Conciliación y Arbitraje, dentro de los cinco días hábiles. 

      Despido Justificado

      En el caso contrario, para que el despido se considere como justificado es necesario que el patrón que despide a un trabajador de aviso por escrito. Asimismo, refiriera claramente la conducta o conductas que motivan la rescisión y la fecha o fechas en que se cometieron. 

      Por otro lado, cuando existe un despido justificado por medio de un aviso escrito o personal con las causas que justifiquen la acción, el patrón está obligado únicamente a pagar un finiquito, ya que efectivamente existe una causa justificada de la recisión de la relación laboral. 

      Derechos del trabajador ante un despido injustificado en DF

      En caso de despido injustificado el trabajador puede solicitar ante la autoridad conciliadora o el tribunal correspondiente que se le reinstale en su anterior puesto de trabajo, o que se le otorgue la indemnización constitucional de tres meses de salario.

      Si durante el juicio el patrón no justifica las causas del despido, el trabajador tendrá derecho, además de lo ya estipulado, a que se le paguen los salarios correspondientes desde la fecha de despido, así como la parte proporcional de sus vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, prima de antigüedad y las prestaciones que haya generado y no se hayan cubierto.

      Principales violaciones que constituyen el despido injustificado

      Las condiciones que configuran el despido injustificado en CDMX son diversas, pero las más comunes tienen origen en los siguientes casos: 

      • Discriminatorio
      • Por violación de contrato
      • Como represalia por parte del empleador
      • Por negación del empleado a cometer un acto ilegal
      • A causa de que el empleador no sigue sus mismos procedimientos de despido establecidos

      Práctica del despido en México

      La realidad de México en materia de despidos es distinta a lo que dicta la Ley. La mayoría de las empresas no siguen las normas de entregar un aviso de rescisión al trabajador. En su lugar solicitan al empleado que firme su carta de renuncia. A cambio de esto se le da una finiquito o liquidación de tres meses y prima de antigüedad. 

      ¿Qué hacer ante un despido injustificado?

      Debido a la complejidad de las leyes y la realidad de la aplicación de éstas en el entorno laboral actual, lo mejor que puedes hacer es asesorarte con profesionales en derecho laboral. Ellos te darán una asesoría integral que te permita actuar de inmediato con la mejor estrategia legal. Así lograrás una negociación con tu patrón para que tu liquidación o demanda sea correctamente cubierta.

      El despido injustificado en CDMX es parte de las áreas de especialidad con las que cuenta DTA DTA Abogados ¡Asesórate con nosotros!