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      De acuerdo con el artículo 178, la Asamblea General de Accionistas se define como el Órgano Supremo de la Sociedad el cual puede acordar y ratificar todos los actos y operaciones de ésta. Sus resoluciones serán cumplidas por la persona que ella misma designe, o a falta de designación, por el Administrador o por el Consejo de Administración. De acuerdo con la Ley de Sociedades Mercantiles existen dos tipos de asambleas; las Asambleas Generales Ordinarias y las Asambleas Generales Extraordinarias. 

      ¿Qué son las Asambleas Generales Ordinarias?

      Una Asamblea General Ordinaria se define como una junta o reunión. En la reunión, un grupo de accionistas busca tratar asuntos importantes de la asociación. Tales como: situación financiera de la sociedad, resultados de la sociedad durante el ejercicio, informe de los administradores y demás asuntos de la sociedad. 

      En concordancia con el artículo 181 de la Ley General de Sociedades Mercantiles,  las Asambleas Generales Ordinarias reunén a los accionistas una vez al año dentro de los cuatro meses que sigan a la clausura del ejercicio social, es decir cada 30 de abril de cada año para tratar lo siguientes temas: 

      • Discutir, aprobar o modificar el informe de los administradores a que se refiere el enunciado general del artículo 172 de la Ley de Sociedades Mercantiles. Checar los resultados del informe, la situación financiera, y bajas de los socios en el caso de que existan. 
      • Nombrar al administrador o consejo de administración y a los comisario en caso de ser necesario. 
      • Determinar los emolumentos correspondientes a los administradores y comisarios, cuando no hayan sido fijados en los estatutos.

       

      En DTA Legal consideramos que las Asambleas Generales Ordinarias son una obligación legal para que todas las empresas y asociaciones tengan un buen desarrollo y comunicación entre la sociedad y cada uno de los socios.